Afiliados directos: empleados de la Administración Pública Provincial y Municipal (Poder Ejecutivo,Legislativo, Judicial, entes autárquicos y no autárquicos), quiénes pueden afiliar a su esposa e hijos hasta 21 años.
Jubilados, pensionados y retirados.
También pueden adherirse a cargo del Titular:
esposo/esposa, concubino/a
• Con aportes del 2%: concubino/a, padre, madre y hermanos, huérfanos de padre y madre o con padres discapacitados.
• Menores en guarda con fines de Adopción.
• Nietos menores a 14 años (Ley Nº 4.229).
• Esposo/a en Matrimonios Igualitarios (Ley Nº 26.618)