Son Afiliados a la Obra Social:

Titulares:

  • Afiliados directos: empleados de la Administración Pública Provincial y municipal (Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, entes autárquicos y no autárquicos), quienes pueden afiliar a su esposa e hijos hasta 21 años.
  • Jubilados, pensionados y retirados.

También pueden adherirse:

  • Quienes tienen una relación sanguínea con el titular esposa, concubino/a, madre y padre, huérfanos de padre y madre (Ley 4.056).
  • Menores en guarda con fines de adopción.
  • Nietos, menores de 14 años (Ley 4.229).
  • Esposos/ as en matrimonios igualitarios (Ley 26.618).